IVA de caja: más disgustos que alegrías para PYMES
Las primeras reacciones recogidas por El Faradio entre expertos en gestión de PYMES sobre la implantación del IVA con criterio de caja – es decir, no pagar el IVA de facturas que no se hayan cobrado- apuntan a que la nueva medida dará más disgustos que alegrías a las empresas.
La adaptación del llamado IVA de Caja, largamente demandado por los empresarios, es una de las novedades fiscales para 2014 – recogido en la Ley de Emprendedores que entrará en vigor el 1 de enero-. Una reivindicación que asumió como propia el Partido Popular antes de las elecciones generales de 2011.
Sin embargo, la aplicación efectiva del IVA de Caja, tal y como lo ha diseñado el Gobierno central, genera ya muchas dudas entre los empresarios, en base al reglamento, aprobado el viernes pasado en Consejo de Ministros y publicado en el BOE el pasado sábado 26 de octubre.
Miguel Ángel López, socio director de Bakusgestión, ha explicado en Buenos Días Cantabria numerosos problemas prácticos que se pueden derivar de la aplicación del IVA de Caja:
En primer lugar, la obligación de pagar el IVA de facturas no cobradas no se elimina; sólo se aplaza, toda vez que a 31 de diciembre habrá que hacer la liquidación anual del impuesto. Caiga quien caiga.
Además, aquellas que se acojan a este régimen, estarán obligadas a incluir en los libros de registro la fecha de cobro y de pago, así como el medio utilizado para los mismos. Esto, según Bakusgestión, supondrá un incremento del coste al tener que modificar los sistemas informáticos. Más dinero también derivado de una mayor dedicación de tiempo.
Aunque no es un régimen para todas las empresas – es de carácter voluntario y para sociedades con volumen de negocio inferior a 2 millones de €-, la nueva norma obligará a incluir en la factura emitida, de forma fehaciente, que se tributa por el criterio de caja.
Tal vez la parte más delicada es que se genera una obligación para el cliente a utilizar el criterio de caja si su proveedor lo utiliza, aunque hubiera renunciado al nuevo método.
Y la consecuencia es que muchas empresas deberán llevar un doble régimen de IVA, una especie de doble contabilidad, con el coste y las complicaciones añadidas que se pueden derivar.
Más complicaciones: para acceder al IVA de Caja las empresas tendrán que comunicar a Hacienda antes del 31 de diciembre que se acogen a la nueva fórmula. Y todavía no está clara la documentación a aportar.
Y por último, si después de probar el IVA de Caja se renuncia, también habrá que comunicarlo antes del 31/12 de 2014. Y la renuncia será vinculante para los tres años siguientes, por lo que los empresarios ven “poca flexibilidad”, sobre todo para tratarse de un ensayo de estas características.