Atender a dependientes, más que un contrato
Atender a personas implica una responsabilidad más allá de los contratos. Lo saben muy bien los profesionales y empresas que trabajan en ese tipo de tareas, como pueden ser quienes se mueven con niños, enfermos o dependientes.
En este último caso, la responsabilidad legal de las empresas va más allá del contrato firmado o del respeto a la normativa.
Existen otra serie de responsabilidades, legales, relacionadas con algo que no refleja ningún contrato o reglamento interno, pero que es igual de importante: el deber de vigilancia, cuidado y control de los dependientes a su cargo.
Para analizar una situación que ha causado incluso sentencias judiciales, la Federación Empresarial de la Dependencia en Cantabria ha organizado este jueves una jornada de formación.
Bajo el título ‘La responsabilidad extracontractual en los servicios de atención a la dependencia ’, la jornada se desarrollará en la sede de la patronal cántabra en la calle 3 de noviembre.
Su objetivo es determinar los posibles supuestos de responsabilidad extracontractual que puedan afectar a empresas y profesionales del sector.
Para ello, se abordarán aspectos como el alcance de la figura del familiar responsable, los efectos de la declaración de guardador de hecho, la corresponsabilidad del representante legal, el análisis de la normativa de servicios sociales respecto a la responsabilidad extracontractual, y las responsabilidades de la Administración y los trabajadores.
El ponente encargado de desgranar estos asuntos es Víctor Pérez Barriuso, especialista en Derecho Civil, del despacho Aliter Abogados. También intervendrán e presidente de FED Cantabria, Víctor Pandal y Pilar Mateo, responsable del área jurídica de esta federación empresarial.
La cita es a las 17.30 horas de este jueves en el salón de actos del Centro de Servicios Empresariales de Ceoe-Cepyme Cantabria, en la calle 3 de noviembre, en Santander, y será clausurada por la directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, Isabel Urrutia.