Sólo los jueces se atreven con los excesos del sector financiero
La primera sentencia del juzgado creado específicamente para atajar el aluvión de demandas de afectados por las participaciones preferentes lo deja bien claro: Liberbank (el banco en el que se integra la antigua Caja Cantabria) no informó a los clientes de en qué consistía el “complejo” producto que les ofrecía.
El fallo se conoce sólo un día después de que otro juez de Santander decidiera preguntar al tribunal de justicia de la Unión Europea si la legislación española de deudores hipotecarios es un “obstáculo” a las normas comunitarias de protección de los consumidores, sobre todo en lo relacionado al “recálculo” de los intereses a favor del banco.
Y todo en vísperas de que este viernes se acometa una nueva inyección económica a la banca española, al aprobarse en el Consejo de Ministros un reglamento que convertirá los DTAs (activos fiscales diferidos) en capital por valor de 50.000 millones de euros, ya que se incluyen nuevos conceptos antes no previsto.
Es algo que la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) de Santander califica, sin ambages, como un “nuevo rescate” a la banca, del que responsabilizan al Gobierno de España y sus políticas, que contraponen con la “única ayuda” de los jueces a la hora de abordar los excesos bancarios.
Por este motivo, para denunciar los excesos de un sector traducidos en las participaciones preferentes y los desahucios, los afectados por las hipotecas de Torrelavega realizan este viernes un ‘pasabancos’, un recorrido por oficinas bancarias con casos de desahucio de un municipio especialmente castigado por la crisis y el primero en el que empezaron a organizarse las víctimas de los desahucios.
INYECCIÓN A LA BANCA
El Consejo de Ministros aprueba este viernes la nueva reglamentación sobre lo que se conoce como activos fiscales diferidos (DTA), que va a suponer que se ‘convierta’ en capital algo más de 50.000 millones de DTAs, recursos financieros que acumulaban los bancos sin traducirlos a rentabilidad.
Inicialmente iban a ser 28.300 millones, pero la cifra se ha doblado. Lo que ha conseguido la banca, a instancias sobre todo del Santander, es que computen por este concepto los activos fiscales de los planes de pensiones y los beneficios fiscales generados por las pérdidas de 2011 y 2012, lo que supone, en la práctica, que dispongan de más capital y menos necesidades que satisfacer ante las exigencias de solvencia que marca Europa.
SENTENCIA PREFERENTES
Este jueves se conocía la primera sentencia del juzgado específico de las preferentes, creado por decisión del poder judicial.
Hasta la fecha Liberbank, el banco del que forma parte la antigua Caja Cantabria, había llegado a acuerdos puntuales para devolver dinero a preferentistas en las primeras demandas que iban llegando al juzgado creado específicamente para tratar el aluvión de demandas por lo que los afectados califican directamente de “estafa”.
En este caso concreto, se condena al banco a anular un contrato de preferentes firmado en 2011 por valor de 40.000 euros.
Pero lo importante son los argumentos en que se basa el juez José Luis Sánchez Gall, porque atacan el fondo en el que se han ido suscribiendo todos los contratos de preferentes, un producto es “complejo”, de “riesgo” y con “vinculación perpetua” que deja una “deuda privada perpetua”.
Lo más trascendental es que existen leyes que regulan lo que deben hacer las entidades financieras en estos casos. Leyes que no se han cumplido, como la que en 2007 reformó el mercado de valores.
Y que dicen que las entidades debe informar a los usuarios. Informar significa informar. Es decir, hacerlo de forma personalizada, estudiando el perfil del cliente y concluyendo con una recomendación expresa. No valen difusiones masivas de información ni el propio contenido del contrato.
Entre otras, porque ese contrato –”si se le puede llamar así”, dice la sentencia– era “confuso”, no informaba de todo, estaba lleno de “indicaciones inconexas e incompletas”, con información “sesgada” que no se adaptó a la “escasa formación académica” del cliente, a quien Liberbank lo que hizo fue “embarcarle en una inversión de alto riesgo” que le llevó a tener pérdidas en su patrimonio.
RECALCULANDO LAS HIPOTECAS
Sentencia judicial que se suma a la ‘consulta’ que ha elevado a Luxemburgo, sede del tribunal europeo, el juez Jaime Ante. La pregunta ¿es la legislación española sobre hipotecas un “obstáculo” a la protección de los derechos del consumidor que fija la legislación europea?
La respuesta puede tener importantes consecuencias en contra de las entidades bancarias que hayan cometido abusos en los contratos suscritos de hipotecas de viviendas.
Todo a raíz del problema de un matrimonio de Santander, que dejaron de pagar cuatro cuotas. El banco (el BBVA) decidió resolver el contrato y ejecutar la hipoteca, de forma que, con las nuevas cuentas, al recalcular los intereses (de un 20%), a ellos les quedaba por pagarle 66.721 euros (del total de los 80.000 a que ascendía la hipoteca que firmaron en su momento).
Es una posibilidad que permite la ley española aprobada en el Congreso entre críticas de la PAH, y que choca con los criterios europeos de protección del consumidor.
La admisión por el Tribunal de Luxemburgo de esta tesis sobre el vencimiento anticipado supondría un gran impacto a las entidades financieras que hayan incurrido en abusos.
Luis Sainz
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