Cuando pinchó la burbuja: los daños colaterales continúan
Quedaba poco y había quien lo veía venir. Pero muchos seguían viviendo dentro de una burbuja que les cegaba. Para algunos, todavía eran los buenos tiempos.
Así fue para una empresa constructora cántabra, que en el año 2007 recibió 160.000 euros (como fianza de otro servicio), y contactó con su banco habitual, Bankinter.
El responsable de la oficina les llevó a un producto que entonces estaba en boga y sonaba seguro: los bonos de Lehman Brothers.
No pasó ni un año y empezó el efecto mariposa: la entidad norteamericana quebró, dejando tras de sí una onda expansiva que afectó a hipotecas basuras, y a otros bancos por todo el mundo con los que tenía relación.
El 15 de septiembre de 2013 se dio por inaugurada la crisis financiera internacional. Todavía quedaban lejos rescates financieros y Grecia y Portugal.
En esta constructora lo vieron más pronto, casi inmediatamente, y más cerca: sus bonos perdieron, automáticamente, todo su valor.
No es la primera vez que este producto llega a los tribunales, que además están adoptando criterios dispares, porque por un lado se entiende que la caída de un reputado referente financiero no era, ni mucho menos, predecible.
Pero por otro, en este caso, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria, pone el acento en que el banco se comprometía a la devolución de la totalidad de lo ingresado, que así lo reflejaban los contratos.
Y además, en esta operación se dio una omisión fundamental, que vulnera lo recogida en leyes y normativas de las prácticas bancarias (y que está siendo puesta de manifiesto en las sentencias sobre otro producto tóxico, las preferentes): que la información sobre este tipo de productos tiene que ser personalizada, adaptada a las circunstancias del cliente.
Y aunque no se pudiera prever lo que iba a pasar con Lehman Brothers, lo cierto es que Bankinter no ha sido capaz de documentar que ese trámite de la información se llegara a producir, lo que sirve para invalidar el contrato. No informó, por ejemplo, de que la operación tenia su riesgo.
De modo que la Audiencia condena al banco a devolver los 160.000 euros a la empresa. Fuera la empresa, o fuera Bankinter, uno de los dos tenía que pagar las consecuencias del día que pinchó la burbuja.