Multa de 2.000 euros al portavoz de ACPT por la ocupación de Espacio Argumosa

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Torrelavega ha condenado a Iván Martínez, portavoz de ACPT (Asamblea Ciudadana por Torrelavega) a 2.150 euros de multa por la labor realizada en el solar de Espacio Argumosa.

En concreto, se le condena por un delito leve de usurpación a seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros, y a indemnizar con 600 euros a cada uno de los cinco propietarios denunciantes, además de a devolver el solar a su estado anterior.

Actividad en Espacio Argumosa

Actividad en Espacio Argumosa

Espacio Argumosa era un solar en desuso que MartÍnez y otros activistas recuperaron para uso público en el que se han realizado distintas actividades culturales (conciertos, recitales de poesía, etc…), lo que le ha supuesto reproches del Ayuntamiento y acciones judiciales de otros propietarios

Es a la propia entrada en el solar (derribando la valla) a la que se refiere la sentencia, que incide en que sí que contaban con autorización para hacerlo, la de uno de los once propietarios, pero que al saber que los demás no autorizaban, esto implica que entró sin su permiso.

UN “ESCARMIENTO”

En su opinión, esta sentencia pretende “criminalizar” a ACPT y ser “aleccionadora” buscando un “escarmiento” para lograr que “el ejemplo de espacio Argumosa no trascienda y a cualquiera se les quite las ganas de antemano de llevar a cabo acciones similares”.

Además, subrayan que Iván Martínez “e ha convertido en el primer condenado en el Estado español por la recuperación de un solar abandonado con la autorización de uno de los dueños”.

Y anuncian una campaña de autoinculpación, con el lema #yotambiénlimpiéArgumosa”, con la que quieren demostrar que “por mucho que se persiga una persona, la organización popular prevalece”.

EL ESTADO DE ABANDONO

Desde ACPT afirman que respetan y acatan la sentencia, si bien consideran que han sufrido un “juicio político”, celebrado de forma “extraña y poco convencional”, sin que se permitiera el acceso de público a la sala de vistas o se permitiera al acusado hablar del estado de abandono previo del solar.

El abandono o no del espacio es importante, ya que para que un delito sea de usurpación el solar debe estar en condiciones aceptables y no ser abandonado por los propietarios. Martínez apuntaba como argumento que demostraba ese estado de abandono las seis toneladas de basura que sacaron cuando lo limpiaron. “Siempre será mejor una plaza libre que un vertedero”, aseveran.

El fallo considera que no había estado de abandono, remitiéndose a veces en las que, ante requerimientos municipales, los propietarios tuvieron que proceder a su limpieza.

La sentencia asume las pretensiones de las acusaciones particulares, superiores a las del Ministerio Fiscal, que pedía cinco meses en lugar de seis.

Es la pena máxima, apoyada en la condición de concejal de Martínez, a pesar de que, asegura, no se le permitió “hablar en plural” sobre esta decisión “colectiva”, respaldada en asamblea. Que la pena sea mayor lo justifican también en que Martínez haya acudido con su propio abogado al juicio (sufragado, precisan en ACPT, por el partido).

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