Victor Gijón no dimitirá tras su inhabilitación por los tribunales

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El número dos de Sodercan, Víctor Gijón, no piensa dimitir de su puesto como director de Promoción y Desarrollo Internacional en la empresa pública, tras ser inhabilitado por un periodo de dos años por los tribunales.

Victor Gijón firmando recientemente un acuerdo en Marruecos con la asociación empresarial ASMEX || Foto: SODERCAN

No lo hará porque considera que la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, que declara culpable el concurso de acreedores del Grupo Digital 2006, no afecta a su cargo en Sodercan, ya que “no es administrador”.

Así lo ha asegurado a medios como Europa Press y EFE, a las que ha adelantado que recurrirá esta sentencia. «No hay ningún tipo de incompatibilidad ni ninguna obligación legal ni razón jurídica», para presentar su renuncia, ha insistido, y ha matizado que son unos hechos que «ocurrieron hace siete años y en su actividad como empresario privado».

Este domingo, EL FARADIO ofreció en exclusiva la sentencia que firmó el juez Carlos Martínez de Marigorta el pasado 16 de mayo, en el que el juzgado de lo Mercantil declara culpable el concurso de acreedores de Grupo Digital 2006, la empresa quebrada de la que Víctor Gijón era administrador único.

Dicha sentencia también condena a inhabilitación de dos años para administrar los bienes ajenos, y durante ese periodo tampoco podrá ejercer el comercio ni tener cargo ni intervención directa administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales ni representar a cualquier persona.

Gijón considera que tiene «muchas posibilidades» de que se estime su recurso de apelación, que «se entiendan las razones» por las que hubo retraso en la presentación del concurso, y que la sentencia sea revocada por la Audiencia.

USO DE SUBVENCIONES DE FORMAS IRREGULARES

En la sentencia se refleja que la empresa de comunicación de Víctor Gijón, Grupo Digital 2006, destinó de forma irregular una subvención del Gobierno de Cantabria al pago de sus deudas con su principal acreedor.

Y es que en 2011, en una época en la que el Grupo estaba incumpliendo ya de forma generalizada sus obligaciones de pagos con la Seguridad Social y sus trabajadores, entró una subvención del Gobierno de Cantabria, de un importe de 90.000 euros, y que estaba destinado “por concepto” a una finalidad “concreta”.

En lugar de eso, se optó por destinar ese dinero al pago de un proveedor estratégico para permitir la continuidad de la empresa, en un pago que el juez de lo Mercantil asegura que “no puede calificarse de regular”.

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