El PP retiró la protección a la Casa de Socorro en el PGOU de Santander de 2012

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El equipo de Gobierno del Partido Popular de Santander retiró en el Plan General de Ordenación Urbana de 2012, el anulado por el Supremo, la protección que tenía la Casa de Socorro.

Casa de Socorro.

En el anterior, el vigente en la actualidad tras la suspensión, se encuadraba en el Nivel 3, que corresponde a protección ambiental, que solo admite obras de demolición en casos de restauración o reforma de la actual estructura.

Precisamente este martes El Diario Montañés informaba que entre los planes del Ayuntamiento de Santander está derribar el edificio, también conocido como Botica Socorro para los más veteranos, para construir un nuevo edificio de oficinas municipales, con vistas a partir de 2019.

Si en el Plan de 1997 el edificio figuraba en el listado de Edificios Catalogados en el mencionado Nivel 3, en el de 2012, aprobado en la época de De la Serna como alcalde, el edificio de la calle Cisneros, 2, el inmueble no aparece en ninguna de las categorías, según ha cotejado EL FARADIO en la documentación del propio PGOU anulado por el Tribunal Supremo.

En concreto, en esa categoría figuran 3.579 edificios, varios de ellos (alrededor de 30) en la misma calle Cisneros en la que se encuentra la Casa de Socorro, edificios que en el pasado daban servicio sanitario a los colectivos con más dificultades.

Tampoco figura en el mapa de edificios protegidos y de hecho el número de ficha que se le había asignado lo ocupa otro inmueble

El edificio actual, ubicado en la calle Cisneros número 2, detrás del Mercado de la Esperanza, data del año 1903, por lo que es centenario e histórico.

Pese al intento de dejarlo desprotegido en 2012, el que rige ahora es el de 1997, que le da al edificio de la Casa de Socorro una protección ambiental.

Eso significa, según la normativa, que a este tipo de edificios se les podrá ejecutar obras de restauración, conservación y consolidación, pero las obras de demolición sólo estarán permitidas en casos concretos, como recordaba el concejal de Izquierda Unida Miguel Saro.

Según esa normativa, consultada por EL FARADIO, estos casos incluyen obras exteriores que sean de ampliación o de reforma que respete “su configuración originaria” y que no sean “visibles desde la vía pública”.

En cuanto a obras de sustitución (construirlo de nuevo, pero si es idéntico), solo “serán admisibles como reconstrucción que implicará cuando menos a las fachadas exteriores visibles desde la vía pública”, y siempre que reproduzcan “todas sus características morfológicas, materiales y elementos de diseño”.

MÁS RETRASOS EN EL EXPEDIENTE DE SOL 57

Por otra parte, hoy en EL DIARIO MONTAÑÉS se informa del retraso en el expediente de sanción por el derrumbe de Sol 57, achacado a la falta de documentación necesaria para esclarecer lo que sucedió el pasado mes de julio.

El edificio se desplomó después de los avisos de los vecinos y tras confirmarse el contraste entre la lentitud habitual en la gestión de las licencias en Santander y la agilidad de las licencias concedidas a los promotores de la obra (Dos Imanes), que además comenzó sin la licencia adecuada, pese a lo cual no se llegó a paralizar nunca.

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