Una petición del Fiscal de nueve años por abusos sexuales se queda en una multa

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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre por un delito continuado de abuso sexual con el agravante de parentesco, por reiterados abusos sobre su expareja.

La sentencia, publicada recientemente y contra la que cabe recurso, recoge la condena a pagar a la mujer una indemnización de 5.000 euros, así como 10.950 euros de multa. La sentencia incluye también la prohibición de acercarse a ella a menos de 300 metros y de comunicarse con ella en el plazo de tres años.

Durante el juicio, celebrado en el mes de marzo, el Ministerio Fiscal solicitaba 9 años de prisión, así como que la indemnización fuera el doble de lo que se ha concluido.

El juzgado considera que el relato de la víctima es «persistente, coherente y verosímil», y que queda probado a través de testigos y de la aportación de mensajes que intercambió la expareja después de los hechos. En estos mensajes, él reconoce de forma explícita haber llevado a cabo actos de naturaleza sexual sin el consentimiento de su pareja.

LA SENTENCIA SEÑALA QUE NO QUEDA ACREDITADA LA PENETRACIÓN

En la sentencia señala que la víctima, que mantuvo una relación con el condenado desde 2009 a 2017, se despertó en varias ocasiones sin ropa interior y con “restos de semen” sobre su cuerpo, aunque ella no recordaba que hubiera habido ninguna relación sexual que, el ahora condenado, le aseguraba que habían sido consentidas.

Según el auto, los hechos se repitieron en varias ocasiones, hasta el punto en el que la mujer le advirtió a su entonces pareja que, cuando ella estaba dormida, él no tenía su consentimiento para realizar con ella ningún acto de naturaleza sexual.

La conclusión de los jueces es que quedan acreditados tocamientos sexuales sin consentimiento pero resaltan que “no ha quedado acreditado” que el acusado mantuviera relaciones sexuales con penetración sin su consentimiento.

El juzgado no puede acreditar las penetraciones denunciadas, que solo cuentan con la versión de la víctima. Eso es debido a que ella “al no recordar nada de lo sucedido, deduce su existencia de la presencia de semen” en “su entrepierna”, aunque la sala lo considera un ”punto insuficiente” para probar que haya habido penetración porque apuntan a que “el hecho de que no se despertara evidencia que dicha relación sexual completa no tuvo lugar”.

Para ello, no tienen en cuenta una de las ocasiones en las que la víctima asegura que se despertó mientras estaba siendo penetrada por su pareja, momento en el que ella se quedó bloqueada hasta que el acto terminó. La sala del Juzgado resalta que ella “no hiciera saber a su pareja su firme oposición a tal relación sexual” y ha matizado que ella ha reconocido que no se lo recriminó en los días siguientes. Por esto, la sentencia insiste en que “no ha quedado suficientemente acreditado que la testigo no consintiera siquiera de forma tácita tal relación sexual”.

En otra ocasión, la mujer se quedó dormida en el sofá y él, aprovechando su inconsciencia, le quitó la ropa interior y procedió a “realizarle tocamientos” en la vagina, momento en el que ella se despertó, le recriminó su actitud y le echó de su casa.

ÉL RECONOCIÓ LOS HECHOS POR MENSAJES

El acusado, que trató de escudarse infructuosamente en que su expareja tenía problemas con el alcohol, cosa que ha sido negada por los testigos aportados, reconoce “de forma explícita” en varios mensajes haber llevado a cabo actos de naturaleza sexual sin el consentimiento de su pareja.

En algunos de esos mensajes recogidos en el auto, ella le recriminó que “ya te dejé claro la última vez que si estoy dormida NO tienes consentimiento para hacer nada con mi cuerpo”, o “ya te dije lo usada y abusada que me siento al despertar y ver que has tenido sexo con mi cuerpo”, a lo que él contestaba: “no se me ocurriría volverlo a hacer, te lo prometo”.

En otro de los mensajes, tras la ruptura, él le recrimina haber contado los hechos a personas comunes a ambos, a lo que ella le acuso: “Tú me violaste” y que él, lejos de negar la acusación, le aseguro: “ya estamos en paz”, equiparando ambas cuestiones.

Aunque él llegó a asegurar en el juicio que escribió tales mensajes para seguirle la corriente a su entonces pareja y que le permitiera volver a casa, el juzgado ha descartado esa versión dada la verosimilitud del relato de la víctima y que el condenado no haya podido probar ninguna de las cuestiones eximientes que alegó.

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1 Comentario

  • el montañes
    14 de mayo de 2019

    A condena a B a una multa por abusos sexuales continuados a C con la oposicion de D que pedia 9 años de carcel… bendita justicia secreta cantabrona corrupta. viva la democracia bananera española. sigue el juego….

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