Cantabria complementa los créditos del ICO con un 10% adicional a través del ICAF para PYMES y autónomos
La consejera de Economía, Hacienda y Empleo, María Sánchez, ha dado a conocer a la Comisión Permanente del Diálogo Social, formada por Gobierno, patronal y sindicatos los detalles de la línea de avales con los que el Gobierno de Cantabria complementa los concedidos por el Estado con el objetivo de “reforzar aún más la concesión de crédito a pymes y autónomos”.
El aval del ICAF complementa el que se concede a través del Estado, gestionado por el ICO, con una línea de avales por importe adicional de garantía de hasta 110 millones de euros, lo que, en opinión de Sánchez, permite “dar mayor intensidad al refuerzo del acceso al crédito de las empresas de la Comunidad Autónoma”.
De esta forma, el complemento autonómico al aval del Estado gestionado a través del ICO es de un 10 por ciento adicional sobre el nominal del préstamo otorgado sobre el límite de la cuenta de crédito u otros productos concedidos por las entidades financieras.
Las pymes y autónomos que cumplan los requisitos (domicilio fiscal en Cantabria, no estar en situación de morosidad, etc.) tendrán, tal y como explica la consejera, un nivel de “garantía pública” del 90 por ciento ¬(80 por ciento del Estado y 10 por ciento autonómico).
Por su parte, las empresas no calificadas como pymes alcanzarán el 80 por ciento de garantía (70 por ciento del Estado y 10 por ciento de Cantabria) en crédito nuevo y un 70 por ciento (60 por ciento del Estado y 10 por ciento de Cantabria) en renovaciones.
En cuanto al importe de los avales, los 110 millones de euros se irán activando por tramos, en un 20 por ciento cada tramo, de acuerdo a la demanda de las entidades financieras y según el ritmo que vaya activando el Estado. En el caso de que la capacidad del aval autonómico se agotase, la movilización de financiación a empresas y autónomos de Cantabria habría ascendido a 1.100 millones de euros.
El plazo de vigencia será hasta el 30 de septiembre de 2020, ampliable al 31 de diciembre si el Estado aumentara sus coberturas en la misma medida o si no se hubiera consumido la línea.
DETALLES
Los productos financieros avalados por esta línea podrán ser préstamos, cuentas de crédito u otros productos financieros que proporcionan liquidez; con un plazo máximo de cinco años, existiendo la posibilidad de disponer de hasta un máximo de 12 meses de carencia en la amortización principal si así lo requiere el beneficiario.
El importe de la financiación para operaciones con vencimiento superior al 31 de diciembre no deberá superar el doble de los costes salariales del beneficiario correspondientes al ejercicio 2019 o al último año disponible.
En el caso de las empresas creadas después del 1 de enero de 2019, el importe máximo del préstamo no podrá superar la estimación de los costes salariales anuales para los dos primeros años de actividad o el 25 por ciento del volumen de negocios total del beneficiario den 2019.
Además, con la justificación adecuada y sobre la base una auto certificación por parte de beneficiario de sus necesidades de liquidez, el importe del crédito puede incrementarse para cubrir las de los 18 meses siguientes al momento de la concesión.
Serán financiables las nóminas y los seguros sociales; las facturas de proveedores pendientes de liquidar emitidas en 2020; los alquileres de locales, oficinas e instalaciones; los gastos de suministros; los de servicios laborales externalizados; los impuestos cuyo periodo de pago se devengue a partir del 17 de marzo de 2020; operaciones firmadas con la entidad que no hayan podido entrar en el esquema de garantía de las Líneas ICO-Thomas Cook-COVID19; todos los demás gastos operativos ordinarios de la actividad y, en general, las necesidades de liquidez y financiación del autónomo o pequeña empresa.
SUSPENDIDA LA APERTURA COMERCIAL DEL JUEVES SANTO
Por otro lado, el consejero de Innovación, Industria, Transportes y Comercio, Francisco Martín, ha dado cuenta de la modificación a la orden que regula las fechas de apertura autorizada de las grandes superficies comerciales en domingos y festivos para este año y que establece la suspensión de la apertura en Jueves Santo, 9 de abril, y cuantos otros pudieran resultar afectados por el estado de alarma o sus posibles prórrogas, que se habían autorizado en el listado de fechas habilitadas para la apertura de grandes superficies en la región.
La suspensión de la fecha, tal y como explica Martín, se enmarca dentro de las medidas de seguridad que están adoptando para “contribuir a frenar la expansión de la COVID 19 y se acomete en consenso con el sector y con el compromiso de negociar el día de apertura autorizada a lo largo de este año”.
La suspensión de la apertura, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial de Cantabria, permitirá que el personal de estos establecimientos abiertos disponga de más tiempo de descanso en unas situaciones excepcionales de riesgo. Asimismo, además de la protección a los trabajadores, con esta medida se pretende que los establecimientos puedan realizar las tareas de mantenimiento o desinfección que resulten necesarias. Finalmente, con la medida se contribuye a reducir el tiempo de exposición de ciudadanos en establecimientos comerciales.