La Justicia falla contra el ICASS por la vulneración de derechos de los trabajadores del CAD de Sierrallana
En la demanda, que también pedía una indemnización para los trabajadores, se resuelve que deben ser los propios trabajadores los que reclamen la indemnización que les corresponde (como derecho individual), al no estar el sindicato legitimado para reclamar cuantías concretas para los trabajadores.
En la fundamentación de la sentencia no se cuestiona que la empresa contara con los medios necesarios, incluso con las mascarillas recogidas por el Sindicato TU, lo que se acredita es la falta de diligencia y el incumplimiento de las medidas preventivas establecidas por los protocolos. La sentencia acredita que los EPIS se suministraron tarde, poniendo en peligro la integridad y salud de los trabajadores e incidiendo en el nivel de contagios habidos en el centro
Además se acredita el incumplimiento de medidas básicas recogidas en los protocolos del Ministerio de Sanidad. No se respetaron los equipos estancos , ni se establecieron a tiempo los protocolos de limpieza exigibles.
La sentencia cita los datos que ha tenido este centro durante la pandemia, con 64 de los 75 residentes y 54 de los 130 trabajadores, esto es, en torno al 85% y 40% respectivamente, contagiados por la COVID-19. El escrito dice que «no se puede afirmar sin más que todos los contagios guarden relación de causalidad con los incumplimientos», pero son cifras demasiado altas en un lugar donde no se han cumplido adecuadamente los protocolos de prevención de riesgos laborales.
Desde TU creen que «la sentencia da un baño de realidad al ICASS», porque se ha llegado a afirmar que había personal del centro que no quería trabajar y que se acogían al argumentos del miedo, algo que el auto ve «comprensible de no contar con todos los medios de protección ante la enfermedad»
CABE RECURSO DE SUPLICACIÓN AL TSJC
Lo único que perseguía Trabajadores Unidos con esta demanda, dicen desde el propio sindicato, era que el Gobierno de Cantabria adoptase las medidas y protocolos acordes con la situación de crisis sanitaria en la que nos encontrábamos inmersos y se dotase de los EPIs necesarios a los trabajadores para su protección , la de sus familias, y en primer lugar la de los usuarios y ciudadanos que son atendidos en los servicios públicos.
La organización sindical dice sentir orgullo por la sentencia, por lo que supone de respaldo a los empleados públicos que han trabajado en primera línea frente a la COVID-19 para proteger a los más vulnerable. Lo han hecho en condiciones difíciles y ahora pueden decir que lo hicieron, los del CAD de Sierrallana, sin los equipos que reclamaban, sin responsables que adoptasen las suficientes medidas organizativas y enfrentándose a una enfermedad desconocida.
En cuanto a las consecuencias, TU exige al Gobierno de Cantabria que informe en tiempo y forma a los delegados de prevención, a los representantes de los trabajadores y a los propios trabajadores, que se dote de los medios necesarios y que más allá de hacer acopio de medios por si en un futuro hay rebrotes, utilicen estos medios para evitar que los haya.