El Gobierno abre el plazo para que los ayuntamientos presenten propuestas de recuperación de centros históricos y zonas residenciales degradadas
La Consejería de Empleo y Políticas Sociales publica hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la apertura del plazo para que los ayuntamientos y empresas públicas de la Comunidad presenten proyectos al programa de ‘Regeneración y Renovación Urbana y Rural’, que financia la rehabilitación de viviendas y entornos degradados.
La convocatoria se dirige tanto a espacios urbanos como rurales y tiene como objetivo recuperar desde un punto de vista urbanístico y social conjuntos históricos, centros urbanos y barrios degradados, así como la erradicación de asentamientos de infravivienda o chabolistas mediante obras de rehabilitación.
La convocatoria, promovida por la Dirección General de Vivienda, también contempla la posibilidad de subvencionar la edificación de nuevos edificios y viviendas en sustitución de edificaciones previamente demolidas. Las viviendas que hubieran obtenido financiación estarán sujetas a precio limitado durante 10 años.
Según ha explicado la directora general de Vivienda, Eugenia Gómez de Diego, cada ayuntamiento podrá presentar en el plazo máximo de un mes una única solicitud que se podrá ejecutar en una o varias fases.
En caso de que la actuación se pretenda desarrollar por fases deberá indicarse expresamente y cada una de ellas tendrá que corresponderse con unidades constructivas completas y autónomas (manzanas, bloques, etc.), con un plazo máximo de ejecución, por regla general, de 4 años.
El área de regeneración y renovación urbana o rural que haya delimitado el ayuntamiento correspondiente debe reunir una serie de requisitos, entre ellos que comprenda un mínimo de 10 viviendas cuando se trate de viviendas unifamiliares o de 5 edificios de viviendas, de tal modo que sea un conjunto homogéneo y de características similares o que formen parte de un mismo barrio, núcleo urbano o barrio tradicional.
Las edificaciones deben tener más de 15 años de antigüedad o corresponder a solares en los que se pueda acreditar documentalmente que hubiese existido una edificación de estas características. En el caso de edificaciones de edades diferentes, al menos el 70% de las mismas tendrán que cumplir este requisito.
A la hora de registrar los proyectos, los ayuntamientos interesados en esta convocatoria deberán presentar una ficha-resumen de la actuación, que contendrá la delimitación cartográfica del área de regeneración y renovación urbana o rural, el resumen de los parámetros principales de la actuación y una relación que permita identificar a todos los inmuebles incluidos.
Del mismo modo, deberá constar un diagnóstico sobre la situación demográfica, social y económica de los habitantes del área, así como una memoria vinculante de la viabilidad técnica y económica de las actuaciones que acredite su compatibilidad con la ordenación urbanística. En caso de ser necesario también deberá figurar un plan de realojo temporal y retorno.