Abierto juicio oral por malversación de caudales públicos en la Filmoteca de Cantabria
El titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander ha abierto juicio oral contra el supervisor de la Filmoteca de Cantabria en los años 2017 y 2018 por existir indicios de que se apropió de 34.971 euros de la taquilla.
El auto, contra el que no cabe recurso alguno, recoge la acusación del ministerio fiscal, que considera al encausado autor de un delito de malversación de caudales públicos merecedor de una condena de año y medio de prisión, multa de 6.000 euros e inhabilitación para desempeñar empleo o cargo público durante tres años.
También la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, organismo al que pertenece la Filmoteca de Cantabria y que se querelló contra el supervisor de la entidad, le imputa un delito de malversación y, en su caso, eleva la petición de condena a cuatro años de cárcel y seis de inhabilitación para empleo o cargo público.
Las dos acusaciones solicitan, asimismo, que sea condenado a abonar una indemnización de 34.971 euros, la cantidad que presuntamente el encausado incorporó a su patrimonio.
Una vez que se ha dictado el auto de juicio oral, la causa ha sido elevada a la Audiencia Provincial de Cantabria, donde un jurado popular tendrá que emitir su veredicto.
Custodiaba la recaudación de taquilla
En el auto de juicio oral, el juez instructor explica que el acusado tenía encomendada la tarea de recoger diariamente el dinero de venta de entradas y abonos que le eran entregados cada día por la taquillera junto con unas hojas de taquilla, donde constaban la totalidad de entradas y abonos vendidos y el dinero recaudado.
Su función era la de custodiar diariamente el dinero en su despacho, donde existía una caja fuerte, y una vez a la semana proceder a ingresarlo en la cuenta bancaria de la Sociedad Regional y entregar unas facturas que debía elaborar al departamento de contabilidad de la citada Sociedad.
“Obrando con esta confianza, entre los meses de mayo de 2017 y septiembre de 2018, incorporó a su patrimonio personal la cantidad de 34.971 euros, dinero obtenido de la taquilla y que no ingresó en la cuenta bancaria de la Sociedad a pesar de los requerimientos hechos al efecto”, relata el auto a título indiciario.
En este sentido, añade que fue apercibido en el verano de 2018 de que el último ingreso correspondía a diciembre de 2017, “si bien sí entregaba las hojas de taquilla”.
Ante esta situación, el acusado manifestó, según recoge el auto a título indiciario, “que lo había empleado para la adquisición y pago en metálico de unos ciclos de películas, aportando dos facturas”.
“Sin embargo, hechas las oportunas gestiones, las mismas no habían sido pagadas realmente, aunque como favor personal al acusado, los responsables de estas habían hecho constar que sí estaban abonadas”, añade la resolución.
En este sentido, explica que los pagos a proveedores de la Filmoteca “se realizaban siempre por transferencia bancaria por habilitado de la Sociedad Regional”, “careciendo el acusado de toda capacidad de contratar ciclos de películas o haber abonos en metálico de esos importes”.
El auto señala que el acusado fue suspendido de empleo y sueldo en octubre de 2018 y despedido en enero del año siguiente.