Vecinos de Casar de Periedo advierten de que se están entregando títulos de propiedad sin esperar a la sentencia del Supremo

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Maria Candelas Fernández Fernández, ganadera y recurrente ante el Tribunal Supremo, (Sala 3ª) en el Recurso de revisión nº 005/0000022/2019, ha mostrado su “sorpresa”   ante la entrega de los títulos de concentración parcelaria por parte del gobierno de Cantabria, sin haberse dictado aun Sentencia por parte del Tribunal Supremo, en el Recurso de revisión.

En este sentido, indicó que “le parece una falta de respeto por parte del Gobierno de Cantabria, ante un Sentencia,  de la que aún no se conoce su sentido”.

Asimismo manifestó, que aunque  la sentencia  sea estimatoria o desestimatoria, “  lo grave son los hechos  objetivos que ahí están,  y no van a desaparecer, afirmó. Los metros se han alterado”.

“Lo grave  es  la alteración  documental de los datos de la superficie de la concentración de Casar de Periedo. Esto  es un escándalo mayúsculo, un  fraude que las instituciones  y la fiscalía no pueden permitir”, asevera.

Según detalla, se ha alterado la superficie real de la concentración parcelaria (350 Has) de casar de Periedo,  convirtiéndola documentalmente en 98,56 Has.  Este dato es “falso”. Que el Gobierno-para evadir el tramite medioambiental- haya hecho esto es inadmisible, afirmó, apostillando que “con sentencia favorable o sin sentencia favorable”.

“Seguiremos luchando por la verdad y por la justicia“ Iremos hasta las instituciones europeas” y a Estrasburgo, afirmó, porque esto es un fraude para eludir el tramite medioambiental y  esto no es tolerable. La ley es para todos, afirmó.

Así, añade que no de los motivos en los que se fundamentó  nuestro recurso es  la nulidad  de la concentración parcelaria de Casar de Periedo,  por  ausencia de estimación de impacto medioambiental, al no aplicarse  el Decreto Autonómico 50/1991 de 29 de abril, entonces  vigente a la fecha del  inicio  del expediente de concentración parcelaria  de Casar de Periedo. Este decreto  trasponía  la Directiva 97/11/CE,

De acuerdo con la sentencia La Sentencia nº 55 de 19 de febrero de 2018 dictada por el TSJC  en 2018 que confirmó la concentración parcelaria, y que ulteriormente confirmó el tribunal supremo,  no era necesario  someter la concentración parcelaria de Casar de Periedo, a estimación medioambiental por dos motivos,

  •  Por tener la concentración parcelaria de casar de Periedo una superficie de menos de 100 Has, ( de acuerdo con los certificados emitidos por los técnicos del gobierno de Cantabria) lo cual la excluye del Anexo II.B 2, apartado 14 a) de la Ley 17/2006.”
  •  Por no ser de aplicación el Decreto Autonómico 50/1991 de 29 de abril a la concentración y no tener los caminos que ser sometidos a evaluación medioambiental ( de acuerdo con el certificado del jefe de estructuras agrarias de 10 de septiembre de 2012 que así lo certifica)

El TSJC consideró de aplicación la Ley  de Cantabria 17/2006 de 11 de diciembre, en virtud de la cual, no era necesario dicho trámite, exigiéndolo solo cuando se la concentración parcelaria se refiriera a zonas especialmente sensibles o bien tuviera una superficie superior a 100 Has.

No obstante lo anterior, en marzo de 2019, recobra un documento de  6 páginas,  y que de acuerdo con su contenido  es el  expediente  nº 1977 de Resolución de  estimación de impacto medioambiental de la red de caminos de concentración parcelaria de Casar de Periedo, de la Consejería de Ganadería Agricultura y pesca del Gobierno de Cantabria, fechado el 26 de enero de 2007.

Ahí se comprobó que se ha ocultado por el gobierno de Cantabria  que la tramitación medioambiental era preceptiva;  que efectivamente se realizó y que  la concentración  parcelaria y el proyecto de  caminos por la fecha  en que se realizó (mayo de 2006),  estaba  sometida (como mi mandante alegaba en el recurso contencioso administrativo)   al decreto 50/1991 de 20 de abril de evaluación de impacto medioambiental para Cantabria, vigente en esa fecha y a la Directiva 97/11/CE, de 3 de marzo,.

Otro hecho importante, que se acredita con este documento  es que los trabajos se hallaban entonces en 2006 ya  en ejecución y que la superficie total  de la concentración según el propio Gobierno de Cantabria es de 350 Has,

Así,  se puede leer con claridad en la página 2,  del documento lo siguiente,

“La superficie total de fincas de la concentración parcelaria a la que darán servicio los caminos  es de 350 Has, en la zona de Casar de Periedo dedicada en su mayor parte a prados naturales de siega y cultivos forrajeros como maíz, bailico..etc se proyecta la construcción o mejora de un total de 15 caminos con un total de 5448, 56 m. 2

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