Las denuncias por violencia sobre la mujer en Cantabria aumentan un 34,2% de enero a marzo

Se registraron 514 denuncias, en las que aparecen 454 mujeres y 3 menores víctimas de violencia de género
Tiempo de lectura: 11 min

Los órganos judiciales de Cantabria registraron durante el primer trimestre de 2022 514 denuncias por violencia de género, lo que representa un incremento del 34,2 por ciento respecto al mismo periodo de 2021 y supone una media de 5,7 denuncias al día.

En las mismas, figuran como víctimas 454 mujeres –un 18,5 por ciento más- y 3 menores de edad –frente a una el pasado año-.

La tendencia al alza observada en los principales marcadores de la violencia machista se confirma a nivel nacional. En el conjunto del país, el incremento de las denuncias es del 19,33 por ciento y el de víctimas, del 17,85 por ciento.

La tasa de mujeres víctimas por cada 10.000 mujeres se sitúa en Cantabria en 15,1, frente a una media nacional de 16,7. Por encima se encuentran Baleares (22,8), Murcia (22,6) y Comunidad Valenciana (22,2). Las tasas más bajas se dieron en Castilla y León (10,6), Galicia (11,6) y La Rioja (12,5).

De enero a marzo, un total de 38 mujeres decidieron en Cantabria no declarar como testigo cuando comparecieron ante los juzgados: 35 ante los especializados en violencia machista (tres menos que un año antes) y 3 ante el Juzgado de lo Penal nº 3, el encargado de enjuiciar estos asuntos (ocho menos).

Los jueces y juezas de violencia sobre la mujer de Cantabria acordaron en el primer trimestre 65 órdenes de protección de las 105 que les fueron solicitadas, es decir, el 62 por ciento de las pedidas. A nivel nacional, el porcentaje de órdenes de protección adoptadas es del 70 por ciento.

Además, los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia, que atienden casos de este tipo por las tardes y fines de semana, acordaron 8 órdenes de protección de las 12 solicitadas.

Entre las medidas judiciales de protección adoptadas, destaca la suspensión de la guarda y custodia, acordada en cuatro ocasiones –en el mismo periodo del pasado año no se acordó ninguna- y la suspensión del régimen de visitas, también adoptada en cuatro ocasiones –tres más que el año anterior-.

Este incremento es consecuencia de la entrada en vigor en junio del pasado año de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que prevé la adopción de medidas a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios en su entorno familiar o frente a terceras personas.

Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al primer trimestre de 2022.

126 hombres condenados por violencia de género

El informe del Observatorio revela que de enero a marzo de este año fueron enjuiciados en Cantabria un total de 153 hombres por violencia de género, de los que el 81 por ciento obtuvieron sentencia condenatoria (126).

Así, los juzgados de violencia sobre la mujer enjuiciaron a 67 hombres y 58 resultaron condenados –bien por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido-, lo que representa un porcentaje de condenas del 86,6 por ciento.

En el Juzgado de lo Penal nº 5 –el encargado de ventilar estos asuntos- fueron enjuiciados 85 hombres, de los que 67 resultaron condenados, con un porcentaje de condenas del 78,8 por ciento.

La Audiencia Provincial celebró un juicio por violencia de género y la sentencia fue condenatoria.

Además, dos menores, de entre 16 y 17 años, fueron enjuiciados en el Juzgado de Menores de Santander, y ambos resultaron con sentencia con imposición de medidas.

El 8 por ciento de las mujeres decide no declarar contra su agresor

De las 514 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 65,2 por ciento fueron presentadas por la propia víctima; el 15,6 por ciento de esas denuncias llegó al órgano judicial a través de servicios asistenciales o terceros en general; el 11,7 por ciento por intervención policial; el 5,3 por ciento por un parte de lesiones, y el 2,3 por ciento a través de familiares.

De las 454 mujeres (323 españolas y 131 extranjeras) que figuran como víctimas en las denuncias presentadas, 35 (24 españolas y 11 extranjeras) se acogieron a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Ello supone que el 8 por ciento de las mujeres que figuran como víctimas en las denuncias presentadas en Cantabria tomaron esa decisión, frente a un porcentaje del 9 por ciento que lo hicieron a nivel nacional.

Por otro lado, otras 3 mujeres –todas españolas- decidieron no declarar cuando fueron llamadas a testificar en juicio ante el Juzgado de lo Penal.

Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.

Suspensión de guarda y custodia, y régimen de visitas para proteger a los menores

A lo largo del primer trimestre de este año, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 105 solicitudes para la adopción de órdenes y medidas de protección, de las que acordaron 65.

Se encuadran en estas cifras las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado-.

Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 199 medidas judiciales encaminadas a la protección de las víctimas, tanto mujeres como menores. De ellas, 179 eran medidas de carácter penal y 20, de naturaleza civil.

Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (61), la prohibición de comunicación con ella (41), la prohibición de volver al lugar del delito (29) y la suspensión de tenencia y uso de armas (28).

En 14 ocasiones se acordó la salida del domicilio y en 4 se privó de libertad al detenido.

Por otro lado, entre las medidas cautelares civiles, cuya finalidad es la protección de la mujer y los menores en tanto se resuelve el proceso penal, las más frecuentes fueron las relacionadas con la prestación de alimentos (6) y con la atribución de la vivienda (6).

En otras 4 ocasiones se acordó la suspensión de la guarda y custodia, y en otras 4, la suspensión del régimen de visitas.

Ello es consecuencia de la entrada en vigor en junio del pasado año de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que prevé la adopción de medidas a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios en su entorno familiar o frente a terceras personas.

Tres menores tutelados víctimas de violencia

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (67), en otras 37 solicitudes se trataba de mujeres extranjeras, también mayores de edad. Además, en 1 caso la orden se pedía en relación a una mujer española menor de edad.

Junto a ello, aparecen en las órdenes de protección solicitadas 3 menores de edad tutelados como víctimas de violencia de género.

En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección incoadas, 74 eran hombres españoles y 31 de fuera de nuestro país.

Al analizar la relación que existía entre denunciante y víctima en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 17,59 por ciento de las ocasiones eran matrimonio o lo habían sido; mientras que en el 79,63 por ciento tenían o habían tenido una relación afectiva.

En el caso de los tres menores tutelados que figuran en las órdenes de protección, dos de ellos son hijos del denunciado, mientras que en otro caso se trata de un menor que es solo hijo de la víctima.

La mayoría, delitos que conllevan de seis meses a un año de prisión

De enero a marzo, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron 582 asuntos.

De ellos, 159 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido, 20 fueron delitos leves y 1 se tramitó como jurado. El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado -los procedimientos de instrucción más habituales-.

Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (157) responden a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 144 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en 30 ocasiones se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

También se iniciaron 100 asuntos por quebrantamiento de condena, 50 por quebrantamiento de medidas cautelares, 39 por delito contra la libertad, 20 por delito contra la integridad moral, 5 contra el honor y 2 contra la libertad e indemnidad sexual.

En cuanto a los procedimientos por delitos leves, 11 lo fueron por injurias y 4 por vejaciones injustas. El resto corresponde a otros delitos.

Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género dieron lugar a la apertura de 56 procedimientos civiles, entre los que destacan 18 divorcios, 16 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos de parejas no casadas, otros 16 sobre modificación de medidas acordadas en sentencia y 4 sobre liquidación del régimen económico matrimonial.

También se inició un procedimiento sobre filiación y otro sobre relación paterno-filial.

Formas de terminación de las denuncias

Las denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.

Así, el 16,3 por ciento de las denuncias que se tramitaron en el primer trimestre de este año en los juzgados de violencia concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque, siendo el delito grave, el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal-.

Estos juzgados dictaron un total de 67 sentencias, de las que 58 fueron condenatorias y 9 resultaron absolutorias.

Por otro lado, el 44,6 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento, bien libre (el 3,6 por ciento del total de procedimientos) o provisional (el 41 por ciento).

Hay que tener en cuenta que una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.

En este sentido, cabe señalar que el 34,8 por ciento de las denuncias llegaron al juzgado por vías ajenas a la propia víctima: o por intervención policial, o por denuncia de un familiar, o por un parte de lesiones o por servicios asistenciales y terceros en general.

Elevación al órgano enjuiciador

Finalmente, el 23,8 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander o bien a la Audiencia Provincial de Cantabria, en función de la gravedad del delito-.

Durante el periodo analizado, el citado Juzgado de lo Penal nº 5 dictó 85 sentencias, de las que 67 fueron condenatorias –en 40 ocasiones el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y 18 resultaron absolutorias.

Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada para ventilar asuntos graves de violencia sobre la mujer, celebró un juicio y dictó una sentencia condenatoria.

Como órgano de apelación, recibió 20 recursos contra sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal nº5 (por delitos menos graves).

Esta Sección de la Audiencia resolvió en el periodo analizado 27 recursos, que concluyeron con 22 sentencias confirmando condena y 5 sentencias revocando condena y, por tanto, absolviendo.

 

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.