Interpueblos valora que la sentencia del Supremo sobre el acuerdo del Pleno de Reinosa a favor de Palestina abre la puerta a las declaraciones de apoyo en el ámbito local o autonómico
El Comité de Solidaridad con los Pueblos-Interpueblos ha valorado que la reciente sentencia sobre una moción en el Pleno municipal de Reinosa en apoyo a palestina abre la puerta y legitima este tipo de declaraciones de apoyo en los ámbitos local o autonómico.
En 2016, el Pleno del Ayuntamiento de Reinosa aprobó en Pleno una declaración en la que apoyaba la causa palestina y declaraba al municipio Espacio Libre de Apartheid Israelí y se fomentaba la cooperación con el movimiento Boicot Desinversiones y Sanciones (BDS), que propugna no mantener relaciones comerciales con empresas, en este en las contrataciones municipales, que colaboren con el régimen israelí.
Al igual que esta, y también a instancias de Interpueblos, se aprobaron mociones similares en los plenos municipales de los ayuntamientos de Bezana, Cabezón de la Sal, Camargo, San Vicente de la Barquera, Torrelavega y Val de San Vicente. La de Reinosa derivó en un periplo judicial que a través de distintos recursos acabó llegando hasta el Tribunal Supremo.
La sentencia del Supremo, emitida el pasado mes de septiembre, por un lado rechaza que un ayuntamiento; Pero, remarcan desde Interpueblos, les da la razón al reconocer el derecho que tienen las administraciones locales a emitir declaraciones políticas, más allá de los temas y competencias municipales.
Este colectivo llama la atención como en la sentencia previa, en el TSJC, no se consideraba válido manifestar su adhesión y apoyo a la resolución del Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 2014, por la que se reconoce el Estado de Palestina, y mostrar la solidaridad con la población de los territorios ocupados, instando a la ONU a garantizar su protección y a obligar a Israel a cumplir la legalidad internacional.
Frente a este criterio, la jurisprudencia que crea esta sentencia vuelve a dar voz a las entidades locales, diputaciones y parlamentos autonómicos que podrán manifestarse con arreglo a los postulados que, remarcan, es que emanan de los organismos internacionales, sobre el caso del que se trate, dado que ellos son la fuente de la Ley Internacional, que es la base para considerar ilegal y condenar al sistema de apartheid israelí.
“Este hecho es de gran importancia, pues pone límite a las pretensiones del sionismo a entorpecer, por la vía judicial, las declaraciones de apoyo a la causa palestina y la denuncia del Estado de Israel como violador de los derechos humanos y las resoluciones de la ONU. En este sentido, se abre el camino para que más entidades aprueben resoluciones similares a las de Reinosa” , valoran.
En cambio, lamentan que la misma sentencia niegue la posibilidad de que una entidad local decida no hacer contratos con empresas que se enriquecen por su complicidad con la violación de los derechos humanos.
Porque esto supone, critican, que “nuestro ordenamiento jurídico y el Tribunal Supremo anteponen el interés empresarial al de las personas”, “algo que nos parece deleznable y, por nuestra parte, no lo compartimos”.
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