El TSJC ratifica por quinta vez la calificación de improcedente para los ocho despidos en el Servicio Cántabro de Empleo

Los afectados plantean si debe recurrir un Gobierno saliente una resolución nuevamente confirmada y avalada por la doctrina unificada del Tribunal Supremo con el único objetivo de aplazar la indemnización reconocida a unos empleados públicos
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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, acaba de emitir una quinta sentencia condenatoria para el Gobierno de Cantabria en la que califica, de nuevo, de improcedente el despido de otras dos personas trabajadoras del Servicio Cántabro de Empleo, las cuales fueron despedidas después de llevar al servicio de la administración 13 y 23 años respectivamente.

Entre agosto y septiembre de 2022, estas dos trabajadoras (defendidas por el abogado vigués Fabian Valero) con relación laboral indefinida no fija con el Gobierno de Cantabria, fueron «cesadas» al producirse la toma de posesión de las plazas funcionariales a las que habían sido previamente adscritas. Siendo indemnizadas, únicamente, con 20 días por año de trabajo realizado.

Todo ello, contraviniendo, como aclaran las cinco sentencias, la doctrina unificada de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (STS de 12 de enero de 2022), que considera despido improcedente el pretendido «cese» en plaza de funcionario de cualquier persona con relación de carácter laboral con la administración pública que haya sido calificada previamente con Indefinido No Fijo.

Según explican los afectados, la Sala de lo Social del TSJ de Cantabria no sólo ha declarado la improcedencia de los despidos y condenando al ejecutivo a indemnizar con 33 días por año trabajado a las demandantes. Si no, que además ha aumentado el salario fijado para el cálculo de estás indemnizaciones al advertir que las dos auxiliares realizaban tareas de administrativas antes de ser despedidas. Condenando a la vez a la administración al pago de las costas procesales por un importe de 850 euros.

Mientras el Gobierno de Cantabria ha recurrido ante el Tribunal Supremo las cuatro sentencias anteriores, en una clara maniobra destinada a aplazar el pago de las indemnizaciones reconocidas a estos trabajadores públicos, y hacer saltar de legislatura este gasto. Ahora, se espera con expectación que decisión va a tomar el ya Gobierno saliente, cuándo estamos a las puertas de un inminente cambio en la dirección de la Consejería de Presidencia.

Las organizaciones sindicales ya se pronunciaron meses atrás solicitando al Gobierno de Cantabria que desistiera de recurrir estos 8 despidos, «para no alargar más la agonía de estos empleados», indemnizándolas con la cantidad que TSJC ha fijado, y que ya deberían haber cobrado en el momento del despido, porque está situación «supone un agravio para ellos y un maltrato» que en causas similares el Ejecutivo «ha desistido de recurrir», pero en este caso está «erre que erre».

En todo caso, un asunto que se debió resolver en el momento del despido. Por una mala gestión del Gobierno actual ha derivado en cinco procesos judiciales diferentes, en los que el ejecutivo ha cosechado cinco sentencias negativas, ha sido advertido de que ha utilizado a sus empleados en el desarrollo de tareas no pertenecientes a sus categorías, elevando esto el cálculo de las indemnizaciones debidas, y ha sido condenado en costas.

«La pregunta que subyace ante esta situación es, si no es el momento de parar, asumir responsabilidades, y pagar las cantidades debidas, dejando descansar a estas personas trabajadoras, que ya fueron privadas de los puestos de trabajo que ocupaban por más de dos décadas. Pareciera razonable que el Gobierno entrante debiese participar en la decisión sobre este asunto que se alarga en el tiempo y que sólo genera sufrimiento y nuevos gastos públicos», señalan.

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