El Supremo declara firme la sentencia por despido improcedente del primero de los ocho despedidos por el Servicio Cántabro de Empleo

La Sala de lo Social del TS ha inadmitido el recurso presentado por el Gobierno de Cantabria contra la primera de las cinco sentencias de despido improcedente dictadas por el TSJ de Cantabria haciéndola firme y condenando al pago de la indemnización fijada a la trabajadora despedida.
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El Tribunal Supremo, siguiendo su propia doctrina unificada que recoge la STS de 12 de enero de 2022 (Rec. 579/2019) respecto al cese de trabajadores declarados indefinidos no fijos que son adscritos a un puesto de categoría de funcionario y luego ven extinguido su contrato como consecuencia de la cobertura del puesto por personal funcionario, ha dictado un auto que hace firme la calificación de improcedente del primero de los ocho despidos realizados por el EMCAN.

La demandante deberá recibir la indemnización por despido improcedente establecida, más el pago de los intereses de mora procesal. Además, el Gobierno de Cantabria ha sido condenado al abono de 300 euros por costas y de los honorarios de la parte recurrida.

El pasado mes de julio, la misma sala de lo social abrió trámite de inadmisión para el segundo recurso de los presentados y pidió al Gobierno de Cantabria que realizase alegaciones. Una decisión que los abogados de los demandantes consideran que » es indicativa de la intención del Supremo de mantener su criterio y continuar dando firmeza a la calificación de improcedentes de los otros siete despedidos, que llevaban entre 13 y 23 años prestando servicio en la administración autonómica».

En esta coyuntura, los demandantes consideran que «puede ser el momento para que el nuevo Gobierno desista de los recursos realizados por el anterior, asuma la responsabilidad y pague las cantidades adeudadas para dejar descansar a estas personas, que ya fueron privadas de sus puestos de trabajo, y para no seguir acumulando nuevos gastos públicos innecesarios».

OCHO DESPIDOS, CINCO PROCESOS JUDICIALES, CINCO SENTENCIAS FAVORABLES A LOS DESPEDIDOS

Según explica la parte demandante, el asunto ha derivado en cinco procesos judiciales diferentes en los que el Ejecutivo ha cosechado cinco sentencias negativas (una de ellas ya firme en el TS y la segunda en camino). Añaden que «ha sido advertido de que ha utilizado a sus empleados en el desarrollo de tareas no pertenecientes a sus categorías loque eleva el cálculo de las indemnizaciones y también condenado en costas y al pago de honorarios de la representación contraria. Así mismo, deberá abonar intereses de mora procesal de las sentencias que se hagan firmes en sede judicial.»

Recuerdan que las organizaciones sindicales ya se pronunciaron meses atrás en ese sentido al solicitar del anterior Gobierno de Cantabria que desistiera de recurrir estos 8 despidos “para no alargar más la agonía de estos empleados” y que los indemnizara con la cantidad fijada por el TSJC, una cuantía que, según explican, deberían haber cobrado en el momento del despido. Esta situación, señalaban los sindicatos, «supone un agravio para ellos y un maltrato» dado que en causas similares el Ejecutivo «ha desistido de recurrir».

Para concluir, añaden que, a fecha de hoy, los intereses devengados superan los 7.000 euros en su conjunto y el Gobierno ya ha sido condenado en costas por valor de 1.150 euros, más el pago de los honorarios de la parte recurrida, cantidad que se podría multiplicar por cuatro con la resolución de los recursos restantes. Costes, la mayoría de ellos, que no deberían abonar los contribuyentes si se decide la retirada inmediata de los recursos y el abono de las indemnizaciones establecidas.

 

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