Los juzgados no logran aún la plena adaptación a la Ley que favorece la autonomía de las personas con discapacidad en los procesos legales

El Instituto de Medicina Legal constató en 2022 un total de 62 suicidios
Tiempo de lectura: 6 min

En 2021 se aprobó a nivel estatal la Ley 8/2021, la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Un documento que supone sustituir el sistema de incapacitación judicial -proceso en el que una persona que no tiene capacidad de obrar, requiere de otra para regir su persona y sus bienes-, por un procedimiento de provisión de medidas de apoyo a las personas con discapacidad.

Se trata de que estas tengan mayor autonomía de decisión, y en el lote de la Ley estaba la disposición transitoria quinta, que implicaba la revisión de las medidas ya acordadas en el plazo de un año si hay solicitud por parte de padres, tutores, etc.., o de tres años si no existe petición expresa, cuando le correspondería a la autoridad judicial o a instancia del Ministerio Fiscal.

Una adaptación que está costando a los juzgados, según reflejan las cifras de la Memoria Judicial de 2022, elaborada por el Tribunal Superior de Justicia y consultada por EL FARADIO.

Esto se ha sentido de forma especial en el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Santander, que es uno de los dos juzgados de Familia, con la competencia en materia de discapacidad.

En detalle, en 2022, ese Juzgado registró 1832 expedientes, lo que supone un incremento de un 27,40% que se explica precisa y fundamentalmente por esa disposición transitoria de revisión.

Así, el año pasado allí entraron 486 asuntos, de los que 329 fueron por revisión, 141 por provisión, y 16 medidas de apoyo.

En ese órgano queda una carga de trabajo de 1.373 casos y la inspección judicial ha constado esa subida, así como el impacto de la adaptación a la citada Ley.

En Torrelavega, por su parte, el Juzgado de Instrucción número 4 admite que no ha logrado completar el objetivo que se marcó para 2020 ante este “cambio de paradigma”.

Ese objetivo era la revisión todas las medidas ya acordadas de per­sonas con discapacidad, conforme a la disposición transitoria quinta de la ley.

Pero, constatan,  no se ha podido cumplir, y a final de año, aún quedan unas 106 personas cuya declaración de dis­capacidad hay que revisar antes de septiembre de 2024.

No obstante, en ese partido judicial la memoria destaca el buen trabajo del equipo de intervención psicosocial para procedimientos de familia, si bien creen que haría falta la cámara Gessel (el sistema por el cual las declaraciones de testigos están aisladas físicamente de los denunciados).

En Castro Urdiales entraron 28 peticiones de medida de apoyo a personas con discapacidad, se resolvieron 30 y para final de año había 12 en trámite; y en San Vicente de la Barquera, hubo once medidas de apoyo y cinco revisiones, quedando cinco pendientes.

En Medio Cudeyo llaman la atención sobre cómo se ha prestado especial interés en explicar a los ciudadanos el alcance de la reforma sobre incapacidad, recogiendo el «natural» malestar de muchos de los anteriormente designados como tutores ante la incertidumbre que la nueva situación legal introduce en su vida cotidiana

En el partido judicial de Laredo, con  dos juzgados de Primera Instancia e Instrucción, se reseña que sigue sin resolverse el acceso a la segunda planta del edificio para personas con movilidad reducida -motivo frecuente de las quejas que se reciben en este partido judicial.

Las personas con discapacidad también son destinatarias del trabajo del Instituto de Medicina Legal y Forense, un órgano especializado al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo Servicio de Clínica Médico Forense se recogió un incremento del 40% del total de los informes sobre medidas de apoyo a este colectivo, que, con 704, suponen los segundos motivos de realización de reconocimientos.

Le siguen, en esta área y fuera ya del problema de la adaptación de los juzgados al cambio  legal para las personas con discapacidad, los informes sobre internamientos psiquiá­tricos (636).

Ahí se comprueba un incremento importante (del 33 por ciento) de las exploraciones para valorar esta necesidad.

SALUD MENTAL

Asimismo, durante 2022 el Servicio de Clínica realizó 349 informes psiquiá­tricos en el ámbito penal y 106 exploraciones para la toma de muestras (por ejemplo, cabello para el estudio de abuso de drogas, o saliva para determinar el perfil genérico en pruebas de filiación o para investigaciones criminalísticas, como agresiones sexuales).

En el Servicio de Patología Forense, también dentro del Instituto de Medicina Legal, se investigan todos los casos de muerte violenta o sospechosa de criminalidad, ordenados por la autori­dad judicial, así como la identificación de cadáveres y restos humanos.

De los 299 cadáveres derivados en 2022, más de la mitad, 152 fueron por muerte natural. Y de los 14 restantes, 82 fueron accidentales y 62, suicidas.

LA ASISTENCIA PSICOLÓGICA DE LA OFICINA DE VÍCTIMAS

La Oficina de Víctimas de Delito, dependiente del Gobierno pero en contacto estrecho con los juzgados, cuenta con un servicio de atención psicológica y apoyo emocional.

Para ellas, la asistencia psicológica a las víctimas se ha concentrado en estas dos facetas:

  • Asistencia inmediata antes/después de declarar. Se trata de una inter­vención de primera acogida y de contención emocional a través de la entrevista personalizada.
  • Atención psicológica continuada de apoyo emocional e intervención terapéutica con o sin derivación a otros recursos.

Como parte de esta asistencia se elaboran planes de apoyo en el proce­so de normalización de su vida personal, familiar, laboral y social tras las situacio­nes vividas.

Estos planes de apoyo se enmarcan en un modelo asistencial indi­vidualizado para cada persona atendida, según las necesidades manifestadas por la misma y/o detectadas, así como atendiendo a su voluntad.

También se realiza un seguimiento temporal de las personas atendidas y/o remitidas, analizando su situación jurídica, médico- psicológica, socio-asistencial y económica en distintos periodos de tiempo y en función de la situación en la que se encuentran, estableciendo cual es el momento adecuado del seguimiento.

Así, el número de atenciones individualizadas que una persona recibe pueden ser desde una única entrevista inicial de asistencia inmediata, antes de su comparecencia ante el juez (entrevista inicial de contención emocional y preparación de la toma de declaración), hasta 25 entrevistas de atención psicológica continuada. La cantidad y frecuencia la marcan las distintas dificul­tades que atraviesan esas personas afectadas por el delito.

  • Este espacio es para opinar sobre las noticias y artículos de El Faradio, para comentar, enriquecer y aportar claves para su análisis.
  • No es un espacio para el insulto y la confrontación.
  • El espacio y el tiempo de nuestros lectores son limitados. Respetáis a todos si tratáis de ser concisos y directos.
  • No es el lugar desde donde difundir publicidad ni noticias. Si tienes una historia o rumor que quieras que contrastemos, contacta con el autor de las informaciones por Twitter o envíanos un correo a info@emmedios.com, y nosotros lo verificaremos para poder publicarlo.