La Ley de la Segunda Oportunidad exonera de pagar 31.000 euros a un joven de Santander tras asumir una carga económica excesiva por enfermedad de un familiar

Debido a su difícil situación financiera, a raíz de las circunstancias familiares derivadas de la grave enfermedad cardiovascular de su progenitor paterno, le fue imposible abonar
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La enfermedad de su padre dejó a la unidad familiar en una situación de precariedad, lo que obligó al joven a asumir la responsabilidad de adquirir equipamiento médico esencial y hacerse cargo de la carga económica familiar, con apenas 20 años de edad.

Con el fin de cubrir los gastos médicos y familiares, el joven solicitó una serie de créditos, sin comprender completamente el impacto de los intereses asociados. A pesar de contar con algunos ingresos, se vio imposibilitado de realizar los pagos correspondientes debido a la abrumadora carga económica que asumió por el bienestar de su familia.

Este caso resalta los riesgos de la falta de educación financiera y la presión que muchos jóvenes enfrentan cuando se ven obligados a tomar decisiones económicas difíciles sin el conocimiento adecuado. La situación refleja cómo una emergencia de salud familiar puede poner en riesgo la estabilidad financiera de una persona joven, que se ve forzada a tomar medidas desesperadas para cumplir con las necesidades de sus seres queridos.

Esto le llevó a buscar una solución, la cual encontró en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especializados en la llamada ‘Ley de la Segunda Oportunidad’. Tras el estudio del caso, los letrados comprobaron que cumplían todos los requisitos necesarios y aconsejaron al deudor acogerse al procedimiento.

Qué pasos se han seguido

Desde el primer momento, el deudor obtiene el primer beneficio del proceso. Se presenta un escrito ante el Juzgado correspondiente informando de la situación de los deudores y el comienzo de un periodo de negociaciones. El respiro económico es inmediato: no deben de pagar nada y están protegidos de embargos hasta el final del proceso.

Posteriormente, se presenta ante notario un plan de pagos acorde con sus ingresos intentando un acuerdo con los acreedores. Estos mostraron su negativa a aceptar tal propuesta. Aunque parezca una mala noticia, este rechazo sirve para demostrar la buena fe de los deudores y permitirles el perdón de toda la deuda.

Finalmente, los abogados hicieron efectiva esta solicitud presentando la demanda de concurso frente al Juzgado de lo Mercantil N.o2 de Santander. Tras comprobar que estos cumplían todos los requisitos, se aprobó la exoneración del 100% de la deuda acumulada.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de los 31.407,52 euros que tenían que pagar. Solo les queda pagar una hipoteca, refinanciada para que les sea más asumible, a cambio de tener su vivienda en propiedad.

Esta sentencia deja sin cobrar absolutamente nada a los acreedores de los asociados -entre ellos Banco Bilbao, Caixabank, Cashper..- y les permite solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad.

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