
Condenado a un año de prisión por maltratar a nueve perros en condiciones extremas en una vivienda en Iguña
El Juzgado de lo Penal nº 2 de Santander ha condenado a un vecino de Cantabria a doce meses de prisión y tres años de inhabilitación para la tenencia y el ejercicio de cualquier actividad relacionada con animales, así como para el sufragio pasivo, por un delito continuado de maltrato animal.
El procedimiento se originó a raíz de una denuncia del Ayuntamiento de Molledo y de la actuación conjunta de la Guardia Civil y servicios veterinarios, tras advertencias vecinales por el estado de los animales, que fueron custodiados y protegidos por distintas asociaciones de protección animal.
Perros desnutridos, enfermos y sin agua ni luz
Los hechos se remontan a septiembre de 2021, cuando el acusado residía en una vivienda situada en Santa Cruz de Iguña. Allí mantenía trece perros, cuatro de ellos sin identificar. Al menos nueve se encontraban en condiciones extremas, encerrados en la planta baja del inmueble y en un patio interior sin apenas luz ni ventilación, rodeados de heces y orina, sin acceso a comida ni agua, y con signos de desnutrición grave y parasitación.
El fallo recoge con detalle el estado veterinario de cada animal. Entre ellos, Sagra tuvo que ser operada por una cistitis bacteriana severa, mientras que Quillo, un pitbull, presentaba caquexia extrema, heridas por decúbito, fiebre e inflamación de encías. Pastora, una mastina, sufría fiebre, dermatitis y una masa ulcerada en la pata, lo que obligó a su castración por retención uterina.
Los animales fueron incautados y tratados por diversas protectoras de animales: Adopta Los Abedules, Ayrecan, Asproan, SOS Pitbull y Refugio Canino Torres, que ahora serán indemnizadas con más de 17.000 euros por los gastos veterinarios asumidos por el mal estado en que se encontraban los animales.
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La nueva ley penal: más herramientas para frenar el maltrato animal
Este caso se resuelve conforme a la reforma del Código Penal, en vigor desde abril de 2023, que refuerza las sanciones por maltrato animal a través del artículo 340 bis, permitiendo sancionar tanto conductas activas como omisiones prolongadas de cuidado.
La ley ya no exige que el animal muera o quede gravemente lesionado para que se entienda consumado el delito, sino que considera punible todo comportamiento que cause sufrimiento físico o psíquico. Se reconoce además como delito continuado si se prolonga en el tiempo, como ocurrió en este caso.
Esta condena representa una de las primeras sentencias en Cantabria que aplica la nueva normativa, y subraya la capacidad de la jurisdicción penal para sancionar casos de abandono prolongado, aunque no haya resultado de muerte.
Juicio con prueba veterinaria, fotográfica y testifical
Durante el juicio, la acusación presentó declaraciones de agentes de la Guardia Civil, la alcaldesa de Molledo, peritos veterinarios y documentación clínica de los animales. También se analizaron fotografías y el estado higiénico del domicilio, descrito como “inhabitable” para los perros por la acumulación de residuos biológicos y la ausencia de ventilación.
La defensa alegó que los animales no eran suyos y que estaban en su vivienda de forma temporal, pero la sentencia concluye que hubo omisión injustificada del deber de cuidado, desestimando los argumentos exculpatorios.
📌 ¿Cómo puedes actuar? Si detectas situaciones de maltrato o abandono animal, puedes denunciar a la Guardia Civil (062) o al Ayuntamiento correspondiente. También puedes colaborar con asociaciones protectoras locales.
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