Juicio a dos hombres acusados de agredir sexualmente a una menor durante unas fiestas patronales
Sobre la una y media de la madrugada del 16 de julio de 2015, los acusados, “actuando de mutuo acuerdo, abordaron a una joven de 16 años, que se encontraba en ese momento sola, en un prado detrás de los autos de choque”, según el escrito de acusación. Entonces, uno de los acusados y la persona no identificada procedieron a “sujetar a la joven por los brazos, tumbándola boca abajo e inmovilizándola”. Seguidamente, el segundo de los acusados, “actuando con claro ánimo libidinoso, tras bajarle los leggings la penetró analmente”.
Tras estos hechos, la joven sufrió un cuadro compatible con un trastorno por estrés postraumático, que precisó control y seguimiento psicológico.
El escrito de la acusación particular añade que un preso que había compartido celda en 2020 con el segundo de los acusados comunicó lo relatado por este sobre una agresión sexual que él y su amigo habían cometido en un pueblo cercano a Santander. Posteriormente, los dos acusados fueron reconocidos fotográficamente por la víctima y desde principios de 2021 se encuentran en prisión provisional.
El ministerio fiscal les considera autores de un delito de agresión sexual con acceso carnal. En el caso del acusado que realizó la penetración, se le considera autor del delito en su modalidad agravada por la intervención de tres personas; mientras que, en el caso del otro acusado, se le imputa el delito como cooperador necesario.
La pena para el primero asciende a trece años de prisión, una medida de seguridad de libertad vigilada tras la finalización de la pena privativa de libertad y la prohibición de acercamiento o comunicación con la joven durante diez años. Para el segundo acusado, el ministerio público pide siete años de cárcel, libertad vigilada y prohibición de acercarse o comunicar con la chica durante ocho años.
También solicita la fiscalía para ambos la obligación de que se sometan a un programa de educación sexual, y el pago conjunto de una indemnización para la joven de 10.000 euros por el trastorno de estrés postraumático y los perjuicios morales causados.
Por su parte, la acusación particular califica los hechos como agresión sexual con la concurrencia de la agravante de género, y solicita para el acusado de penetrar a la joven una pena de catorce años de prisión, prohibición de acercarse a la chica y comunicar con ella durante dieciséis años, una medida de libertad vigilada de diez años y la inhabilitación para profesión u oficio que conlleve contacto con menores de edad durante diecisiete años.
En el caso del segundo de los acusados, la petición de condena es de diez años de prisión, con alejamiento y prohibición de comunicar durante doce años, libertad vigilada durante ocho e inhabilitación para trabajar con menores durante trece años.
En concepto de responsabilidad civil, la indemnización que solicita la acusación particular para ambos es de 13.700 euros por el daño moral padecido por la joven.
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